Finanzas al Servicio de la Soberanía Energética y la Economía Circular en
Ecuador
1. Diagnóstico de la situación actual
-Energía: Ecuador depende en más del 80 % de fuentes
fósiles y grandes hidroeléctricas, con alta concentración en manos del Estado y
poca participación comunitaria. Aunque existe potencial renovable (solar,
eólica, biomasa), su desarrollo está limitado por lógicas extractivistas y
falta de financiamiento descentralizado.
-Economía circular: A pesar de que la Ley Orgánica de
Economía Circular (LOEC, 2022) establece un marco ambicioso, su implementación
es débil, fragmentada y sin mecanismos financieros reales. El 97 % de los
residuos aún van a rellenos sanitarios o vertederos informales.
Finanzas: El sistema financiero ecuatoriano —bajo
dolarización— prioriza préstamos de consumo y financiamiento a grandes
corporaciones, con escaso apoyo a iniciativas de economía popular, energías
distribuidas o reciclaje comunitario.
2. Principios orientadores
Subordinación de las finanzas a la producción social y
ecológica: El capital debe servir a la soberanía energética local y a la
regeneración de ciclos materiales.
Descentralización y participación comunitaria: Las
decisiones energéticas y de gestión de recursos deben tomarse desde los
territorios.
Justicia ecológica y redistributiva: La transición
debe corregir desigualdades históricas y reconocer saberes locales, especialmente
de pueblos y nacionalidades.
3. Propuestas concretas
A. Creación de un Fondo Público de Transición Ecológica (FPTE)
Objetivo: Financiar micro-redes energéticas comunitarias,
plantas de valorización de residuos orgánicos y proyectos de reutilización
industrial.
Fuentes de financiamiento:
Impuesto al plástico de un solo uso (ya previsto en la
LOEC).
Canje de deuda por clima o naturaleza (debt-for-nature
swaps).
Aportes del Fondo de Inversión Pública con enfoque de
reorientación de gasto militar o subsidios fósiles.
Gobernanza: Consejo mixto con representación de
gobiernos locales, organizaciones sociales, economías populares y academia.
Ejemplo concreto: En la parroquia de Santa Martha
(Guayas), un biodigestor comunitario alimentado con residuos agrícolas y aguas
residuales puede generar biogás para cocinas y bioabono para huertos urbanos
—financiado parcialmente por el FPTE.
B. Sistema de Crédito Solidario para Energía y Circularidad
Mecanismo: Bancos públicos (Banco del Estado, Banco
del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) ofrecen líneas de crédito a
tasas blandas (0–2 %) para:
Cooperativas de recicladores formales.
Emprendimientos de economía circular (textiles, construcción
con residuos, envases reutilizables).
Comunidades rurales para instalación de paneles solares y
sistemas de almacenamiento.
Garantías alternativas: Redes de confianza
comunitaria en lugar de garantías hipotecarias.
Casos de referencia: El modelo de Kiva (microfinanzas
globales) o el Banco Palmas (Brasil) demuestran que es posible financiar
desde la confianza local.
C. Ley de Soberanía Energética Comunitaria
Contenido clave:
Derecho de las
comunas, comunidades y gobiernos seccionales a generar, gestionar y
comercializar energía renovable local.
Exención tributaria para tecnologías de bajo impacto
(paneles solares domésticos, cocinas eficientes, micro-hidro).
Prohibición de megaproyectos energéticos en territorios
sin consentimiento libre, previo e informado (CLPI).
Base legal existente: Artículo 14 de la Constitución
(derecho a un ambiente sano), Art. 319 (soberanía energética) y Art. 384
(patrimonio natural como bien común).
D. Polos Productivos Circulares Regionales (PPCR)
Transformar zonas industriales o centros urbanos en ecosistemas
productivos cerrados, donde los residuos de una actividad sean insumos de
otra.
Actores: Gobiernos autónomos descentralizados (GADs),
cooperativas, empresas sociales, universidades.
Financiamiento: Concurso anual del FPTE + fondos
concursables del SENESCYT para innovación social.
Ejemplo: En Quito, un PPCR podría articular a:
Panaderías (residuos orgánicos → biodigestor),
Talleres de costura (recortes textiles → aislantes ecológicos),
Talleres mecánicos (aceites usados → biodiésel comunitario).
4. Ruta de incidencia política
Corto plazo (2025–2026):
Campañas locales de sensibilización sobre la LOEC y
soberanía energética.
Propuestas de ordenanzas municipales que implementen zonas
de economía circular y energía distribuida.
Mediano plazo (2026–2027):
Presión para reformar la Ley de Mercado de Valores y la Ley
General de Instituciones del Sistema Financiero, obligando a destinar un
porcentaje del crédito al sector circular y energías renovables.
Promover una Asamblea Nacional de Economía Circular con
participación ciudadana.
Largo plazo:
Inclusión de estos principios en un nuevo Plan Nacional del
Buen Vivir.
5. Coherencia con instrumentos legales ecuatorianos
Constitución de 2008: Derechos de la Naturaleza, Bienestar
Colectivo, Economía Social y Solidaria.
Ley Orgánica de Economía Circular (2022): Enfoque sistémico,
responsabilidad extendida del productor, fomento al reciclaje.
Agenda Nacional de Inversión 2024–2027: Oportunidad para
redirigir fondos hacia infraestructura circular y energética descentralizada.
Política Nacional de Cambio Climático: Vinculación con
mitigación y adaptación basada en comunidades.
Conclusión
La soberanía energética y la economía circular no son solo
técnicas, sino proyectos políticos de reordenamiento del poder. Al
subordinar las finanzas a la producción regenerativa, se rompe la lógica
extractivista y especulativa que ha convertido a la vida y la naturaleza en
mercancías. En Ecuador, con su rica tradición de resistencia, economía popular
y marco constitucional progresista, estas propuestas no solo son viables, sino
urgentes.
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