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Finanzas al Servicio de la Soberanía Energética y la Economía Circular en Ecuador

 

1. Diagnóstico de la situación actual

 

-Energía: Ecuador depende en más del 80 % de fuentes fósiles y grandes hidroeléctricas, con alta concentración en manos del Estado y poca participación comunitaria. Aunque existe potencial renovable (solar, eólica, biomasa), su desarrollo está limitado por lógicas extractivistas y falta de financiamiento descentralizado.

 

-Economía circular: A pesar de que la Ley Orgánica de Economía Circular (LOEC, 2022) establece un marco ambicioso, su implementación es débil, fragmentada y sin mecanismos financieros reales. El 97 % de los residuos aún van a rellenos sanitarios o vertederos informales.

 

Finanzas: El sistema financiero ecuatoriano —bajo dolarización— prioriza préstamos de consumo y financiamiento a grandes corporaciones, con escaso apoyo a iniciativas de economía popular, energías distribuidas o reciclaje comunitario.

 

2. Principios orientadores

 

Subordinación de las finanzas a la producción social y ecológica: El capital debe servir a la soberanía energética local y a la regeneración de ciclos materiales.

Descentralización y participación comunitaria: Las decisiones energéticas y de gestión de recursos deben tomarse desde los territorios.

Justicia ecológica y redistributiva: La transición debe corregir desigualdades históricas y reconocer saberes locales, especialmente de pueblos y nacionalidades.

 

3. Propuestas concretas

 

A. Creación de un Fondo Público de Transición Ecológica (FPTE)

 

Objetivo: Financiar micro-redes energéticas comunitarias, plantas de valorización de residuos orgánicos y proyectos de reutilización industrial.

Fuentes de financiamiento:

Impuesto al plástico de un solo uso (ya previsto en la LOEC).

Canje de deuda por clima o naturaleza (debt-for-nature swaps).

Aportes del Fondo de Inversión Pública con enfoque de reorientación de gasto militar o subsidios fósiles.

Gobernanza: Consejo mixto con representación de gobiernos locales, organizaciones sociales, economías populares y academia.

 

Ejemplo concreto: En la parroquia de Santa Martha (Guayas), un biodigestor comunitario alimentado con residuos agrícolas y aguas residuales puede generar biogás para cocinas y bioabono para huertos urbanos —financiado parcialmente por el FPTE.

 

B. Sistema de Crédito Solidario para Energía y Circularidad

 

Mecanismo: Bancos públicos (Banco del Estado, Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) ofrecen líneas de crédito a tasas blandas (0–2 %) para:

Cooperativas de recicladores formales.

Emprendimientos de economía circular (textiles, construcción con residuos, envases reutilizables).

Comunidades rurales para instalación de paneles solares y sistemas de almacenamiento.

Garantías alternativas: Redes de confianza comunitaria en lugar de garantías hipotecarias.

 

Casos de referencia: El modelo de Kiva (microfinanzas globales) o el Banco Palmas (Brasil) demuestran que es posible financiar desde la confianza local.

 

C. Ley de Soberanía Energética Comunitaria

 

Contenido clave:

 Derecho de las comunas, comunidades y gobiernos seccionales a generar, gestionar y comercializar energía renovable local.

Exención tributaria para tecnologías de bajo impacto (paneles solares domésticos, cocinas eficientes, micro-hidro).

Prohibición de megaproyectos energéticos en territorios sin consentimiento libre, previo e informado (CLPI).

 

Base legal existente: Artículo 14 de la Constitución (derecho a un ambiente sano), Art. 319 (soberanía energética) y Art. 384 (patrimonio natural como bien común).

 

D. Polos Productivos Circulares Regionales (PPCR)

 

Transformar zonas industriales o centros urbanos en ecosistemas productivos cerrados, donde los residuos de una actividad sean insumos de otra.

Actores: Gobiernos autónomos descentralizados (GADs), cooperativas, empresas sociales, universidades.

Financiamiento: Concurso anual del FPTE + fondos concursables del SENESCYT para innovación social.

 

Ejemplo: En Quito, un PPCR podría articular a:

Panaderías (residuos orgánicos → biodigestor),

Talleres de costura (recortes textiles → aislantes ecológicos),

Talleres mecánicos (aceites usados → biodiésel comunitario).

 

4. Ruta de incidencia política

 

Corto plazo (2025–2026): 

Campañas locales de sensibilización sobre la LOEC y soberanía energética. 

Propuestas de ordenanzas municipales que implementen zonas de economía circular y energía distribuida.

 

Mediano plazo (2026–2027):

Presión para reformar la Ley de Mercado de Valores y la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, obligando a destinar un porcentaje del crédito al sector circular y energías renovables. 

Promover una Asamblea Nacional de Economía Circular con participación ciudadana.

 

Largo plazo: 

Inclusión de estos principios en un nuevo Plan Nacional del Buen Vivir.

 

5. Coherencia con instrumentos legales ecuatorianos

 

Constitución de 2008: Derechos de la Naturaleza, Bienestar Colectivo, Economía Social y Solidaria.

Ley Orgánica de Economía Circular (2022): Enfoque sistémico, responsabilidad extendida del productor, fomento al reciclaje.

Agenda Nacional de Inversión 2024–2027: Oportunidad para redirigir fondos hacia infraestructura circular y energética descentralizada.

Política Nacional de Cambio Climático: Vinculación con mitigación y adaptación basada en comunidades.

 

Conclusión

 

La soberanía energética y la economía circular no son solo técnicas, sino proyectos políticos de reordenamiento del poder. Al subordinar las finanzas a la producción regenerativa, se rompe la lógica extractivista y especulativa que ha convertido a la vida y la naturaleza en mercancías. En Ecuador, con su rica tradición de resistencia, economía popular y marco constitucional progresista, estas propuestas no solo son viables, sino urgentes.

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